«Neutro en carbono»
Anexo I n.º 4c UCPD en la versión de EmpCo (EU 2024/825) · Ley 3/1991 de Competencia Desleal
¿Qué significa?
## Explicación «Neutro en carbono» y «Carbon Neutral» son prácticamente sinónimos de «climáticamente neutro» y, por tanto, están sujetos a la prohibición per se conforme al anexo I n.º 4c de la UCPD en relación con la Directiva EmpCo (EU 2024/825) a partir del 27/09/2026. Esto significa que las alegaciones de neutralidad de carbono basadas en la compensación de emisiones de CO2 se consideran engañosas, incluso cuando la compensación se realiza mediante proyectos demostrablemente eficaces. La sentencia del BGH I ZR 98/23 (Katjes, 27/06/2024), que puede citarse como jurisprudencia de referencia europea, aclara que la falta de divulgación de los métodos de cálculo y las medidas de compensación ya constituye hoy una alegación engañosa según los principios de la Ley 3/1991 de Competencia Desleal. Siguen siendo sustanciables las afirmaciones que especifican objetivos concretos de reducción y presentan de manera transparente las emisiones restantes como compensación; resulta relevante aquí si se divulgan los estándares utilizados (p. ej., Gold Standard).
Formulaciones típicas
- «Carbon Neutral Product»
- «Empresa neutra en carbono»
- «Somos climáticamente neutros y neutros en carbono»
- «100% neutro en carbono mediante compensación»
Pruebas requeridas
- Verificación ISO 14064-1
- Science Based Targets Initiative (SBTi)
- Gold Standard (para compensación)
Calificación jurídica
Prohibición per se (lista negra)
Esta práctica figura en la lista negra del anexo I de la Directiva sobre prácticas comerciales desleales. Es desleal sin valoración caso por caso, siempre que la afirmación concreta cumpla efectivamente los elementos del supuesto.
Requisitos de esta calificación
- Die konkrete Aussage erfüllt den Tatbestand des jeweiligen Anhang-I-Eintrags vollständig.
- Die Aussage wird gegenüber Verbrauchern in einer geschäftlichen Handlung verwendet.
Excepciones y contextos admisibles
- Rein sachliche, nicht werbliche Verwendung (z. B. in einem Nachhaltigkeitsbericht ohne Werbewirkung gegenüber Verbrauchern).
- Reine B2B-Kommunikation außerhalb des Anwendungsbereichs des Verbraucherschutzrechts.
- Aplicable desde
- 27/9/2026
- Ordenamiento
- EU
- Fuente primaria
- https://eur-lex.europa.eu/eli/dir/2024/825/oj/deu
- Última revisión
- 26/7/2026
Base jurídica — texto oficial
Anexo I n.º 4c UCPD (en su versión EmpCo) — Neutralitäts-/Reduktions-Claim auf Kompensations-Basis
Fuente: Directiva (UE) 2024/825 (EmpCo) — solo la versión publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea es vinculante.
Deutsch (amtlich, DE-Fassung Amtsblatt)desplegarplegar
„Treffen einer Aussage, die sich auf der Kompensation von Treibhausgasemissionen begründet und wonach ein Produkt hinsichtlich der Treibhausgasemissionen neutrale, verringerte oder positive Auswirkungen auf die Umwelt hat.“German original wording (Official Journal, DE version). Texto citado literalmente del Diario Oficial.English (Official Journal, EN version)desplegarplegar
“Claiming, based on the offsetting of greenhouse gas emissions, that a product has a neutral, reduced or positive impact on the environment in terms of greenhouse gas emissions.”Texto citado literalmente del Diario Oficial.Français (Journal officiel, version FR)desplegarplegar
« Affirmer, sur la base de la compensation des émissions de gaz à effet de serre, qu'un produit a un impact neutre, réduit ou positif sur l'environnement en termes d'émissions de gaz à effet de serre. »Texto citado literalmente del Diario Oficial.Nederlands (Publicatieblad, NL versie)desplegarplegar
‘Beweren dat een product dankzij de compensatie van broeikasgasemissies een neutraal, verminderd of positief milieueffect heeft wat broeikasgasemissies betreft.’Texto citado literalmente del Diario Oficial.¿Tu sitio web usa «Neutro en carbono»?
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Análisis gratuitoEmpcora es un servicio puramente de verificación y documentación y ofrece exclusivamente información general sobre la situación jurídica sobre la base de la Directiva EmpCo (UE 2024/825) y su transposición al Derecho español — la Ley 3/1991 de Competencia Desleal y la Ley General de Publicidad, con referencias. Esto no es asesoramiento jurídico en el caso concreto y no incluye ni la reformulación ni la redacción de textos. No se asume responsabilidad ni garantía por la exactitud, integridad o actualidad del análisis, ni por eventuales consecuencias jurídicas. La evaluación jurídica del caso concreto corresponde a un despacho de abogados o a un abogado colegiado.

