«Eficiente energéticamente»
Anexo I n.º 4a UCPD en su versión EmpCo (EU 2024/825), EU 2017/1369 (Reglamento marco) · Ley 3/1991 de Competencia Desleal
¿Qué significa?
## Explicación La alegación «eficiente energéticamente» es una alegación medioambiental genérica que, a partir del 27/09/2026, según la Directiva EmpCo (EU 2024/825) y el Anexo I n.º 4a UCPD, no podrá utilizarse sin pruebas concretas. Los consumidores esperan información comprensible sobre la eficiencia energética de un producto. Esto significa que siempre deberá indicarse la clase de eficiencia energética correspondiente conforme al EU 2017/1369 (Reglamento marco) o al reglamento específico del producto aplicable (p. ej., EU 2019/2018 para frigoríficos). Alternativamente, puede indicarse el consumo energético concreto en kWh por año o por 1000 horas de funcionamiento. Si falta esta sustanciación, se considera una práctica comercial engañosa según la Ley 3/1991 de Competencia Desleal.
Formulaciones típicas
- «Aparatos eficientes energéticamente»
- «Tecnología de ahorro energético»
- «Reduce el consumo energético»
Pruebas requeridas
- Clase de etiquetado energético de la UE (p. ej., A+++, G)
- Consumo energético concreto (kWh/año o kWh/1000h)
- Reglamento UE específico del producto (p. ej., EU 2019/2018 para frigoríficos)
Calificación jurídica
Potencialmente engañoso — valoración caso por caso
Esta alegación NO está en la lista negra. Es admisible mientras sea veraz, suficientemente concreta y no omita información sustancial. Solo resulta ilícita si induce a error en el contexto concreto (arts. 6 y 7 de la Directiva).
Requisitos de esta calificación
- Die Beurteilung erfolgt im Einzelfall anhand des konkreten Kontexts und der Verkehrsauffassung.
- Maßgeblich sind Zutreffen der Aussage, Bezugsgröße, Aussageumfang und Vollständigkeit der wesentlichen Informationen.
Excepciones y contextos admisibles
- Zutreffende, konkret belegte Aussage mit klarer Bezugsgröße ist zulässig.
- Kein Verbotstatbestand der Schwarzen Liste — eine pauschale Untersagung des Begriffs ist unzutreffend.
- Ordenamiento
- EU
- Norm
- Art. 6, 7 UCPD (i.d.F. EmpCo, EU 2024/825); Deutschland: §§ 5, 5a UWG
- Fuente primaria
- https://www.gesetze-im-internet.de/uwg_2004/__5.html
- Última revisión
- 26/7/2026
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Análisis gratuitoEmpcora es un servicio puramente de verificación y documentación y ofrece exclusivamente información general sobre la situación jurídica sobre la base de la Directiva EmpCo (UE 2024/825) y su transposición al Derecho español — la Ley 3/1991 de Competencia Desleal y la Ley General de Publicidad, con referencias. Esto no es asesoramiento jurídico en el caso concreto y no incluye ni la reformulación ni la redacción de textos. No se asume responsabilidad ni garantía por la exactitud, integridad o actualidad del análisis, ni por eventuales consecuencias jurídicas. La evaluación jurídica del caso concreto corresponde a un despacho de abogados o a un abogado colegiado.

