«Algodón orgánico»
Anexo I n.º 4a de la Directiva sobre Prácticas Comerciales Desleales en su versión modificada por EmpCo (EU 2024/825) · Ley 3/1991 de Competencia Desleal
¿Qué significa?
## Explicación El término «algodón orgánico» es una alegación medioambiental genérica que a partir del 27/09/2026, conforme a la Directiva EmpCo (EU 2024/825), no podrá utilizarse sin la correspondiente justificación. Para realizar esta afirmación con una base sólida, se requiere la presentación de un certificado reconocido como GOTS (Global Organic Textile Standard) u OCS (Organic Content Standard). Conforme al Ley 3/1991 de Competencia Desleal y Ley General de Publicidad y la Directiva EmpCo (EU 2024/825), la jurisprudencia alemana ya ha determinado que afirmaciones genéricas de sostenibilidad en el sector textil sin cadenas de suministro transparentes o certificación resultan engañosas; esto es aplicable por analogía al algodón orgánico. La mera alegación de que el algodón es de cultivo ecológico, sin certificación, es por tanto inadmisible según la Ley 3/1991 de Competencia Desleal y la normativa de protección de consumidores.
Formulaciones típicas
- «Camiseta de algodón orgánico»
- «Bio Cotton Blend»
- «Elaborado con 100 % algodón orgánico»
Pruebas requeridas
- GOTS (Global Organic Textile Standard) con número de licencia
- OCS (Organic Content Standard)
- Etiqueta ecológica de la UE (DE-OEKO-XXX) para materia prima
Calificación jurídica
Potencialmente engañoso — valoración caso por caso
Esta alegación NO está en la lista negra. Es admisible mientras sea veraz, suficientemente concreta y no omita información sustancial. Solo resulta ilícita si induce a error en el contexto concreto (arts. 6 y 7 de la Directiva).
Requisitos de esta calificación
- Die Beurteilung erfolgt im Einzelfall anhand des konkreten Kontexts und der Verkehrsauffassung.
- Maßgeblich sind Zutreffen der Aussage, Bezugsgröße, Aussageumfang und Vollständigkeit der wesentlichen Informationen.
Excepciones y contextos admisibles
- Zutreffende, konkret belegte Aussage mit klarer Bezugsgröße ist zulässig.
- Kein Verbotstatbestand der Schwarzen Liste — eine pauschale Untersagung des Begriffs ist unzutreffend.
- Ordenamiento
- EU
- Norm
- Art. 6, 7 UCPD (i.d.F. EmpCo, EU 2024/825); Deutschland: §§ 5, 5a UWG
- Fuente primaria
- https://www.gesetze-im-internet.de/uwg_2004/__5.html
- Última revisión
- 26/7/2026
¿Tu sitio web usa «Algodón orgánico»?
Comprueba gratis si tu sitio web está afectado.
Análisis gratuitoEmpcora es un servicio puramente de verificación y documentación y ofrece exclusivamente información general sobre la situación jurídica sobre la base de la Directiva EmpCo (UE 2024/825) y su transposición al Derecho español — la Ley 3/1991 de Competencia Desleal y la Ley General de Publicidad, con referencias. Esto no es asesoramiento jurídico en el caso concreto y no incluye ni la reformulación ni la redacción de textos. No se asume responsabilidad ni garantía por la exactitud, integridad o actualidad del análisis, ni por eventuales consecuencias jurídicas. La evaluación jurídica del caso concreto corresponde a un despacho de abogados o a un abogado colegiado.

