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Todos los sectores Riesgo: mittel

Limpieza y droguería: Greenwashing 2026

## Introducción El sector de la limpieza y la droguería es particularmente vulnerable a reclamaciones debido a la gran cantidad de claims medioambientales y la comunicación directa con consumidores concienciados con el medio ambiente. La Directiva EmpCo (EU 2024/825) endurece considerablemente a partir del 27.09.2026 los requisitos de transparencia y demostrabilidad de las declaraciones medioambientales. En particular, las afirmaciones genéricas como "respetuoso con el medio ambiente", "natural" o "biodegradable" sin sustanciación concreta infringen el Anexo I n.º 2 de la UCPD en su versión EmpCo y pueden dar lugar a reclamaciones. La sentencia del BGH de 27.06.2024 (I ZR 98/23 – Katjes) ya ha dejado claro que también en el sector alimentario "climáticamente neutro" sin divulgación transparente del cálculo y compensación de CO2 es engañoso. Este principio puede aplicarse por analogía al sector de la limpieza y la droguería. La afirmación "climáticamente neutro" está prohibida a partir de 2026 mediante la prohibición per se del Anexo I n.º 4a UCPD en su versión EmpCo, incluso si se realiza una compensación de CO2. Para anunciarse de forma segura frente a reclamaciones, es imprescindible recurrir a certificaciones reconocidas como la EU Ecolabel o el Blauer Engel e indicarlas con el correspondiente número de licencia. El mero uso de palabras de moda sin prueba no es suficiente y puede tener consecuencias en derecho de competencia. Además, es obligatoria una lista INCI (nomenclatura INCI) completa y correcta en el envase para garantizar la transparencia al consumidor. La indicación de la norma de ensayo para la biodegradabilidad (p. ej. OECD 301) es también imprescindible para demostrar la afirmación "biodegradable".

Claims típicos en Limpieza y droguería

  • limpiador-ecológico"
  • ingredientes naturales"
  • respetuoso con el medio ambiente"
  • biodegradable"
  • sin plástico"

Ejemplos concretos (rojo/ámbar)

  • "Limpiador natural" con fragancias sintéticas y conservantes
  • "Biodegradable" sin indicación de la norma de ensayo (p. ej. OECD 301)
  • "Envase respetuoso con el medio ambiente" de plástico no reciclado

Alternativas conformes con EmpCo

En lugar de: Limpiador ecológico"
Mejor: Limpiador con 99% de ingredientes de origen natural, certificado según EU Ecolabel"
Por qué: "Ecológico" no está definido legalmente y es genérico. Se requiere indicación concreta del porcentaje natural y certificación.
En lugar de: Envase respetuoso con el medio ambiente"
Mejor: Envase de 100% PET reciclado (rPET)"
Por qué: "Respetuoso con el medio ambiente" es una afirmación genérica inadmisible. Se requieren indicaciones concretas sobre el material y el porcentaje de reciclaje.

Recomendaciones

  • Indicar la certificación EU Ecolabel con número de licencia
  • Indicar la certificación Blauer Engel con número de licencia
  • Lista INCI completa (nomenclatura INCI) en el envase
  • Indicaciones concretas sobre biodegradabilidad según normas OECD (p. ej. OECD 301)
  • Uso de plástico reciclado o sistemas recargables

Certificados reconocidos

EU Ecolabel
Etiqueta ecológica reconocida en toda la UE para productos y servicios con bajo impacto ambiental.
Blauer Engel RAL-UZ
Etiqueta ecológica alemana para productos y servicios respetuosos con el medio ambiente.
Cradle to Cradle
Certificación para productos que se gestionan en un ciclo cerrado.

Sentencias relevantes

BGH · I ZR 98/23 · 2024
Katjes — "climáticamente neutro" sin divulgación transparente del cálculo y compensación de CO2 es engañoso según § 5 UWG. Aplicable por analogía a productos de limpieza y droguería.

Preguntas frecuentes

¿Puedo seguir usando "biodegradable"?

Sí, pero solo con indicación de la norma de ensayo (p. ej. OECD 301). Una mera afirmación es inadmisible según EmpCo y UWG.

¿Qué significa la Directiva EmpCo para mis productos de limpieza y droguería?

A partir del 27.09.2026 están prohibidas las afirmaciones genéricas sin prueba (Anexo I n.º 2 UCPD). "Climáticamente neutro" ya no está permitido por la prohibición per se (Anexo I n.º 4a UCPD).

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