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18 de febrero de 2026

Productos de limpieza 2026: «Biodegradable» solo con OECD 301

Frosch, Sodasan, Method — los fabricantes de productos de limpieza promocionan con frecuencia sus productos como «biodegradables», «bio» y «de origen vegetal». Sin referencia normativa, todo ello es susceptible de ser objeto de reclamación bajo el EmpCo. Las normas más importantes.

OECD 301 — Norma de ensayo para biodegradabilidad: Al menos 60 % de degradación en 28 días en condiciones aerobias. Subnormas importantes: OECD 301A (DOC Die-Away), OECD 301B (CO₂ Evolution), OECD 301C (MITI), OECD 301D (Closed Bottle), OECD 301E (Modified OECD Screening), OECD 301F (Manometric Respirometry). La norma exacta debe mencionarse en las declaraciones de marketing.

EU Ecolabel — Etiqueta ecológica oficial de la UE para productos de limpieza con criterios mínimos: valores límite de sustancias contaminantes, biodegradabilidad de los tensioactivos, requisitos de envasado, diligencia debida en la cadena de suministro. Más del 90 % de todos los productos de limpieza ecológicos deberían contar con esta etiqueta; si no es así, la declaración «bio» es cuestionable.

Blauer Engel UZ-194 — Etiqueta ecológica alemana para detergentes y productos de limpieza. Más estricta que EU Ecolabel en algunos criterios. Supervisada por la UBA.

Nordic Swan — Etiqueta ecológica escandinava (D/SE/NO/FIN). Comparable con Blauer Engel.

Ejemplos de reformulación: ❌ «Limpiador multiusos biodegradable» → ✓ «Limpiador multiusos con tensioactivos biodegradables según OECD 301B (> 80 % en 28 días) — certificado EU Ecolabel (licencia DE/039/123)». ❌ «Limpiador bio» → ✓ «Producto de limpieza con tensioactivos bio (95 % materias primas renovables según EN 16575), envase 100 % PET reciclado post-consumo».

Lo que a menudo se hace mal: Declaraciones «bio» en productos de limpieza sin referencia al Reglamento ecológico de la UE (que solo se aplica a alimentos). «100 % biodegradable» es físicamente imposible en tensioactivos; también aquí la norma OECD 301 exige porcentajes mínimos (60-100 %).

Conclusión: La referencia normativa es obligatoria. Las etiquetas «bio» propias quedarán prohibidas per se a partir del 27.09.2026.

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