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18 de febrero de 2026

Productos de limpieza 2026: «Biodegradable» solo con OECD 301

Los fabricantes de productos de limpieza promocionan con frecuencia sus productos como «biodegradables», «bio» y «de origen vegetal». Sin referencia normativa, todo ello es susceptible de ser objeto de reclamación bajo el EmpCo. Las normas más importantes.

OECD 301 — Norma de ensayo para biodegradabilidad: Al menos 60 % de degradación en 28 días en condiciones aerobias. Subnormas importantes: OECD 301A (DOC Die-Away), OECD 301B (CO₂ Evolution), OECD 301C (MITI), OECD 301D (Closed Bottle), OECD 301E (Modified OECD Screening), OECD 301F (Manometric Respirometry). La norma exacta debe mencionarse en las declaraciones de marketing.

EU Ecolabel — Etiqueta ecológica oficial de la UE para productos de limpieza con criterios mínimos: valores límite de sustancias contaminantes, biodegradabilidad de los tensioactivos, requisitos de envasado, diligencia debida en la cadena de suministro. Más del 90 % de todos los productos de limpieza ecológicos deberían contar con esta etiqueta; si no es así, la declaración «bio» es cuestionable.

Blauer Engel UZ-194 — Etiqueta ecológica alemana para detergentes y productos de limpieza. Más estricta que EU Ecolabel en algunos criterios. Supervisada por la UBA.

Nordic Swan — Etiqueta ecológica escandinava (D/SE/NO/FIN). Comparable con Blauer Engel.

Sustanciado vs. no sustanciado (ejemplos): «Limpiador multiusos biodegradable» sin especificación constituye una afirmación genérica inadmisible conforme al Anexo I n.º 4a UCPD en su versión EmpCo; una indicación concreta y demostrable, como «Limpiador multiusos con tensioactivos biodegradables según OECD 301B — certificado EU Ecolabel (con número de licencia)», queda fuera de esa prohibición. «Limpiador bio» es igualmente genérico, mientras que «Producto de limpieza con tensioactivos de materias primas renovables (porcentaje según EN 16575), con datos de envase verificables» es demostrable.

Lo que a menudo se hace mal: Declaraciones «bio» en productos de limpieza sin referencia al Reglamento ecológico de la UE (que solo se aplica a alimentos). «100 % biodegradable» es físicamente imposible en tensioactivos; también aquí la norma OECD 301 exige porcentajes mínimos (60-100 %).

Conclusión: La referencia normativa es obligatoria. Las etiquetas «bio» propias quedarán prohibidas per se a partir del 27.09.2026.

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