11 de junio de 2026
Ola de advertencias 2025: Greenwashing en el punto de mira de la organización de consumidores
A partir del 27 de septiembre de 2026 entra en vigor de forma íntegra la Directiva EU 2024/825 (EmpCo) y endurece las normas para las declaraciones medioambientales en la comunicación empresarial. Esto ya está provocando una mayor actividad de control por parte de las organizaciones de consumidores y la consiguiente ola de advertencias.
Aumento de las advertencias por parte de la organización de consumidores
La Federación de Organizaciones de Consumidores (vzbv) ha constatado ya en 2025 un aumento significativo de las advertencias en el ámbito del greenwashing. Aunque las cifras exactas pueden variar, la tendencia señala un control reforzado de las declaraciones medioambientales. El foco se centra en empresas que realizan afirmaciones engañosas o no probadas sobre el carácter ecológico de sus productos o servicios. Se ven afectados especialmente los sectores de alimentación, moda y energía.
Declaraciones medioambientales de alto riesgo según EmpCo
La Directiva EmpCo prohíbe determinadas declaraciones per se y establece requisitos elevados para la acreditación de otras. Son especialmente críticas:
- Neutralidad climática con compensación: Como confirma la sentencia del BGH en el caso Katjes (I ZR 98/23) de 27.06.2024, las afirmaciones sobre neutralidad climática basadas en la compensación de CO2 son en principio inadmisibles.
- Términos medioambientales genéricos: Términos como "sostenible", "respetuoso con el medio ambiente" o "verde" no pueden utilizarse sin una prueba concreta y medible.
- Sellos de sostenibilidad propios: Las empresas no pueden utilizar sellos o etiquetas propios que no estén respaldados por un sistema de certificación externo e independiente.
También las declaraciones sobre el origen regional de los productos pueden ser problemáticas si no pueden acreditarse mediante certificados o pruebas correspondientes. Conforme al Ley 3/1991 de Competencia Desleal y Ley General de Publicidad y la Directiva EmpCo (UE 2024/825) es necesario proporcionar indicaciones claras y comprensibles sobre el origen.
Qué exige la Directiva EmpCo a las empresas
A partir del 27 de septiembre de 2026, la Directiva EmpCo determina qué declaraciones medioambientales son admisibles. De ello resultan los siguientes puntos de referencia jurídicos en relación con el riesgo de advertencias:
- Alcance: La Directiva abarca todos los materiales de marketing, contenidos web y descripciones de productos. Las declaraciones medioambientales problemáticas contenidas en ellos quedan sujetas al Ley 3/1991 de Competencia Desleal y Ley General de Publicidad y al Anexo I UCPD en su versión EmpCo.
- Carga de la prueba: Las declaraciones medioambientales solo son admisibles cuando se acreditan mediante certificados reconocidos (p. ej. EU-Bio, Fairtrade, Bluesign, FSC) u otras pruebas verificables.
- Afirmaciones genéricas: Las declaraciones vagas o generales sin indicaciones concretas y medibles están prohibidas conforme al Anexo I n.º 4a UCPD en su versión EmpCo.
- Verificación jurídica: La conformidad de los materiales de marketing con los requisitos de la Directiva EmpCo puede ser objeto de comprobación jurídica especializada.
- Actividad de control: Las organizaciones de consumidores supervisan el cumplimiento y disponen de legitimación para emitir advertencias en caso de infracción.
Conforme a la Directiva EmpCo, una comunicación adaptada a las nuevas normativas se asocia a un menor riesgo de advertencias y daños reputacionales que el uso de declaraciones medioambientales no sustanciadas; los costes del cumplimiento son, por regla general, inferiores a los de la defensa frente a litigios.
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